Guías para su consultorio

RPBI: manejo de residuos biológico-infecciosos en su consultorio

Actualizado el 27 de octubre de 2026

En breve

Los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI) son los materiales de la atención médica que contienen agentes infecciosos: agujas, lancetas, gasas empapadas de sangre, cultivos y muestras, entre otros. La norma que los regula, publicada como NOM-087-ECOL-SSA1-2002, aplica a todo establecimiento que da atención médica, ambulatoria o con internamiento (3.7). Se separan en bolsas y recipientes de color, se guardan un tiempo máximo y sólo los recoge y transporta una empresa autorizada por SEMARNAT. Como generador, usted también debe registrarse.

Qué residuos son RPBI

La norma los clasifica así (capítulo 4):

  • Sangre y sus componentes, sólo en forma líquida.
  • Cultivos y cepas de agentes infecciosos, y los utensilios desechables usados para contenerlos o transferirlos.
  • Patológicos: tejidos, órganos y partes que se extirpan y no están en formol, y las muestras biológicas para análisis, excepto orina y excremento.
  • No anatómicos: recipientes desechables con sangre líquida y materiales de curación empapados, saturados o goteando sangre o ciertos líquidos corporales.
  • Punzocortantes: lancetas, agujas de jeringas desechables, agujas hipodérmicas, de sutura y de acupuntura, y bisturís, entre otros.

El vidrio de laboratorio roto no es RPBI: se desinfecta y se desecha como residuo municipal.

En qué nivel está su consultorio

La norma clasifica a los establecimientos en niveles I, II y III según su tamaño y la cantidad de RPBI que generan (tabla 1). El nivel II incluye a quienes generan de 25 a 100 kilogramos de RPBI al mes, y el nivel III a quienes generan más de 100.

Si comparte edificio con otros establecimientos de nivel I, pueden contratar juntos el mismo servicio de recolección (5.2).

Cómo separarlos y envasarlos

  • Nunca los mezcle con la basura común ni con otros residuos peligrosos (6.2.1).
  • Bolsa roja: cultivos, cepas y residuos no anatómicos. Bolsa amarilla: residuos patológicos sólidos. Las bolsas son de polietileno translúcido, sin cloro, con el símbolo universal de riesgo biológico y la leyenda "Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos".
  • Recipiente rígido rojo de polipropileno: punzocortantes. Debe tener separador de agujas, tapa de cierre permanente y la leyenda "Residuos peligrosos punzocortantes biológico-infecciosos" con el símbolo (6.2.2).
  • Recipiente hermético rojo o amarillo: líquidos (sangre líquida en rojo, patológicos líquidos en amarillo) (6.2.3).
  • Llene bolsas y recipientes sólo hasta el 80 % de su capacidad. Una vez cerrados, no se abren ni se vacían (6.2.1 y 6.2.2).

Cuánto tiempo puede guardarlos

  • Nivel I: máximo 30 días. Nivel II: 15 días. Nivel III: 7 días (6.3.3).
  • Los residuos patológicos se guardan a no más de 4 °C (6.3.4).
  • Guárdelos en contenedores de metal o plástico con tapa, rotulados con el símbolo y la leyenda de RPBI (6.3.2).
  • Los establecimientos de nivel I no necesitan un área construida de almacenamiento: basta colocar los contenedores en el lugar más apropiado, sin obstruir el paso (6.3.1).
  • Tenga un programa de contingencias para derrames, fugas o accidentes (6.7).

Recolección y manifiestos

  1. Contrate a una empresa autorizada por SEMARNAT para recolectar y transportar RPBI (6.4.2). Usted comparte la responsabilidad con ella, así que compruebe que su autorización esté vigente (artículo 42 de la Ley).
  2. En cada entrega, usted da al transportista un manifiesto en original firmado y dos copias, y la empresa que recibe los residuos le devuelve el original firmado (artículo 86 del Reglamento).
  3. Si en sesenta días naturales no le devuelven el original, avise a SEMARNAT.
  4. Conserve sus manifiestos. El Reglamento pide guardarlos cinco años a los grandes y pequeños generadores (artículo 75); para un microgenerador no está claro, así que conviene guardarlos el mismo tiempo.

Registro como generador

  • Quien genera residuos peligrosos debe notificarlo a la autoridad (artículo 43 de la Ley).
  • Según la cantidad de residuos peligrosos que genera al año, es microgenerador (hasta 400 kilogramos), pequeño generador (de 400 kilogramos a menos de 10 toneladas) o gran generador (10 toneladas o más).
  • El registro se hace en el portal electrónico de SEMARNAT con el trámite SEMARNAT-07-017. Al terminar, el sistema le da su número de registro y su categoría (artículo 43 del Reglamento). La ley prevé que los microgeneradores se registren ante su estado o municipio cuando haya convenios; mientras tanto, se registran ante SEMARNAT.
  • Los generadores de sangre, cultivos, patológicos y punzocortantes están obligados a formular y ejecutar planes de manejo, según corresponda (artículos 28 y 31 de la Ley). Sólo los grandes generadores presentan la Cédula de Operación Anual (artículo 72 del Reglamento).

Sanciones

La vigilancia corresponde a SEMARNAT, a través de PROFEPA, y a la Secretaría de Salud, a través de COFEPRIS (9.1). Abandonar o disponer residuos peligrosos en sitios no autorizados es una infracción (artículo 106 de la Ley), sancionada con multas, clausura y otras medidas (artículo 112).

Errores comunes

  • Tirar agujas o gasas con sangre en la basura común.
  • Usar bolsas sin el símbolo y la leyenda, o del color equivocado.
  • Llenar los recipientes de punzocortantes hasta el tope.
  • Guardar los residuos más de 30 días en un consultorio de nivel I.
  • Contratar a un recolector sin autorización vigente de SEMARNAT.
  • No guardar los manifiestos firmados.

Preguntas frecuentes

¿Mi consultorio genera RPBI?

Si usa agujas, lancetas, bisturís o materiales de curación con sangre, o toma muestras, sí: la norma aplica a todo establecimiento que da atención médica, ambulatoria o con internamiento.

¿Cada cuánto deben recogerlos?

En un establecimiento de nivel I, puede guardarlos hasta 30 días. Contrate la recolección con esa frecuencia o antes.

¿Me tengo que registrar ante SEMARNAT?

Sí. Quien genera residuos peligrosos debe registrarse; el trámite es el SEMARNAT-07-017 y le asigna su número de registro y su categoría.

¿Puedo tratar yo mismo los residuos?

La norma pide autorización previa de SEMARNAT para tratarlos. Si no la tiene, entréguelos a una empresa autorizada.

Fuentes oficiales

Información general; no constituye asesoría legal. Verifique los requisitos vigentes con la autoridad correspondiente.