Aviso de funcionamiento y licencia sanitaria: cuál necesita su consultorio
La mayoría de los consultorios sólo presenta un aviso, gratuito y sin resolución que esperar. La licencia es para rayos X, cirugía, hemodiálisis o medicamentos controlados.
La mayoría de los consultorios sólo presenta un aviso, gratuito y sin resolución que esperar. La licencia es para rayos X, cirugía, hemodiálisis o medicamentos controlados.
Desde marzo de 2025 rige una nueva ley de datos personales y la autoridad es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Los datos de salud son sensibles y piden consentimiento por escrito.
Todo establecimiento de salud, también los privados, debe tener su CLUES. No se pide a la DGIS directamente: se solicita a los Servicios de Salud de su estado.
Los servicios de médicos y dentistas personas físicas están exentos de IVA. El CFDI usa D01 para pacientes personas físicas, y el pago con tarjeta o transferencia permite deducirlo.
La NOM-004 aplica también a los consultorios. Pide un expediente por paciente, notas con fecha, hora y firma, y conservarlo al menos 5 años desde el último acto médico.
Si usa expediente electrónico, su sistema debe cumplir la NOM-024; la certificación de la DGIS es la forma oficial de acreditarlo. La NOM-035 pide reportar información en salud con su CLUES.
Un profesional que anuncia sus servicios presenta un aviso gratuito en línea. Un establecimiento necesita permiso. Todo anuncio lleva la institución del título y la cédula.
La receta lleva impresos su nombre, domicilio y cédula, la fecha y su firma autógrafa, y el medicamento en denominación genérica con dosis, vía, frecuencia y duración.
Todo establecimiento particular de atención médica señala un responsable sanitario en su aviso de funcionamiento. Debe tener título en el área y responde por el funcionamiento del lugar.
Agujas, gasas con sangre y muestras son RPBI. Se separan en bolsas rojas o amarillas y contenedores rígidos, se guardan hasta 30 días y sólo los recoge una empresa autorizada.